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Barinas Caracas, Venezuela
Economista y Abogado. Especialista en Gerencia de Tributos Nacionales de la ENAHP. Cursante del Postgrado en Derecho del Trabajo en la UCV. Abogado litigante en las aéreas de Derecho Laboral y Penal.

miércoles, 27 de abril de 2011

CYMAT-1/2011-A: NORMAS GENERALES Y BASICAS DE SEGURIDAD

CYMAT-1/2011-A: NORMAS GENERALES Y BASICAS DE SEGURIDAD: "NORMAS GENERALES Y BÁSICAS DE SEGURIDAD Las actividades de extracción, producción, envasado, almacén y transporte de nuestros productos i..."

Esquema del Reglamento de las Condiciones de Higiene y seguridad en el Trabajo

A pesar de que últimamente los profesionales del Derecho dedicados al área laboral mencionan y usan con frecuencia la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), para tratar asuntos relacionados con estos temas, es necesario destacar que esta ley no es la única que norma la mataeria (al final de esta publicación encontraran un listado de normas basicas en esta áreas) . El esquema a continuación tiene el objeto de dar a conocer de manera muy breve el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, G.O. Ext. N° 1.631 del 31 de diciembre de 1973 .
El reglamento in commento está conformado por catorce (14) títulos y 868 artículos.
TITULO I. Disposiciones Generales. Contiene cinco (5) capítulos referentes a los patrones y trabajadores, a los inmuebles destinados a centros de trabajos, andamios, encofrados, ascensores y montacargas.
TITULO II. De las Condiciones de Higiene. Tiene ocho (8) capítulos y se refieren a las industrias o trabajos peligros e insalubres, empleo de la cerusa en la pintura, a la higiene en los lugares de trabajo, a los campamentos de trabajadores, a la ventilación, iluminación, ruidos, vibraciones, temperatura y humedad, además de la definición de temperatura efectiva.
TITULO III. De las Maquinas, Equipos y Herramientas. Este título está compuesto por tres (3) capítulos que se refieren a las maquinas y equipos, herramientas de mano y a las herramientas de fuerza motriz.
TITULO IV. Del Manejo de Materiales y Equipos.
TITULO V. De los Tanques y recipientes de Almacenamiento.
TITULO VI. De las Instalaciones Industriales y sus Riesgos. Integrado por seis (6) capítulos relativos a las instalaciones y equipos eléctricos, equipos y recipientes a presión, riesgos químicos y biológicos, soldadura y corte de metales, explosivos y radiaciones ionizantes
TITULO  VII. De las Excavaciones, Canteras y demoliciones. En cuatro (4) capítulos tratan lo relacionado con excavaciones, túneles y trabajos subterráneos, canteras y trituración además de las demoliciones y remoción de escombros.
TITULO VIII. De los Trabajos en el Agua. Son cuatro capítulos (4) que conocen sobre las instalaciones sobre el agua, el transporte acuático de los trabajadores, las gabarras de carga y de los trabajos de buceo con atmosfera suplida.
TITULO IX. De la Prevención y Control de Incendios. En dos (2) capítulos toca lo relacionado con la prevención y protección contra incendios.
TITULO X. De los Trabajos de Mantenimiento y reparación.
TITULO XI. De la Ropa, Equipos y Accesorios de Protección Personal.
TITULO XII. Del Transito de Vehículos dentro de la áreas de trabajo de las Empresas.
TITULO XIII. Otros Trabajos Especiales. Contiene cinco (5) capítulos con la indicación del peso de los grandes bultos transportados por barcos, el trabajo de carga y descarga en los puertos, las condiciones especiales de seguridad industrial en las minas y en las fabricas y depósitos de materiales inflamables y en el usos de explosivos en la industria, disposiciones especiales para las empresas de ferrocarriles y las condiciones especiales que deben observarse en las empresas, explotaciones y depósitos de hidrocarburos.
TITULO XIV. De la Organización del la Prevención de los Accidentes   de Trabajo y de los Funcionarios de Inspección. Son dos (2) los capítulos dedicados a la organización de la prevención de los accidentes de trabajo y a los funcionarios de inspección.
NORMATIVA LEGAL RELACIONADA CON ESTE TEMA
·         CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, (1999).
·         LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, (2005).
·         GUIA TECNICA DE PREVENCION (2005)
·         REGLAMENTO PARCIAL DE LA LOPCYMAT (2007)
·       NORMA TECNICA DE PREVENCION PARA LA ELABORACION, IMPLEMENTACION Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 1/2008.
·        NORMA TECNICA DE PREVENCION PARA LA DECLARACIÓN DE ENFERMEDADES OCUPACIONALES 2/2008.
·         LEY ORGANICA DEL TRABAJO (1997)
·         REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO (2006).
·         LOPNA.
·         NORMAS COVENIN

Arturo Escobar

lunes, 25 de abril de 2011

Virus en Facebook promete mostrar "Quién visita tu perfil"

Durante las últimas horas, cientos de usuarios de la red social de Mark Zuckerberg han visto cómo un gran número de notificaciones e invitaciones para ver ‘Averigua quién visita su perfil’ han llegado sin cesar, no sólo a sus perfiles, sino también a los de sus contactos. Pues bien, se trata de un virus encargado de extraer información de los usuarios y que incluso puede llegar a dañar el equipo.

El virus queda activado después de instalar y acceder a páginas como espiaface.com o entraentuperfil.com.ar, que además de poder acceder a la información personal del usuario también generará un evento público que será enviado a todos los contactos que la cuenta pueda tener.

“Descubre quién está mirando tu perfil... ¡Esto es increíble! Pueden ver quién está visitando su perfil y te llegan notificaciones, sigan los pasos de esta página que explica cómo hacerlo, entren en espiaface.com.”

El anterior mensaje es el que en la mayoría de los casos acompaña dicha aplicación maliciosa, que ha resultado lo suficientemente atractiva como para que muchos usuarios de Facebook hayan caído, pese a las advertencias de los ejecutivos de la red social han realizado al mencionar la posibilidad de identificar quién puede visitar el perfil de los usuarios mediante una aplicación.

En el caso de que el usuario ya sea portador del malware lo más recomendable es desinstalarlo inmediatamente ingresando a -configuración de privacidad- Aplicaciones y sitios web- Edita tu configuración, Y Aplicaciones que utilizas, en donde se debe seleccionar la aplicación para luego eliminarla de la cuenta.

Otras aplicaciones de este tipo son ‘Averigua quién te ha borrado de su perfil’ y ‘Quienes son tus principales seguidores’. Además de unos enlaces con títulos como: “la chica que se destruyo la vida en 10 segundos” y “Comparación: cómo se ducha una mujer? y un hombre?”, invitando a hacer clic en el enlace para ver los videos. Son ofertas maliciosas que convertidas en spam pueden llegar a extenderse a las cuentas de los demás contactos.

miércoles, 20 de abril de 2011

Informática: teclados para tablets y smartphones

(De www.noticias24.com)

En Estados Unidos, Motorola ha llamado la atención con su concepto Atrix, un laptop en el cual todo el trabajo lo hace un smartphone Atrix conectado a un puerto en la parte trasera del aparato.

BERLÍN (dpa) – Las tabletas y los smartphones poseen mucho poder de computación, aunque hayan sido diseñados para ser usados sólo como aparatos portátiles. Y esto plantea una pregunta interesante: si estos pequeños accesorios tienen ya más poder de computación que muchas computadoras de sobremesa hace un par de años, ¿por qué no ponerlos a trabajar como sus sustitutos? Después de todo, la pantalla y los intestinos de una computadora están ya allí. Todo lo que les falta es simplemente un teclado.

Apple ha pensado ya en esto, y sus arsenales de accesorios para su iPhone y sus tabletas iPad pueden convertir esos accesorios portátiles en verdaderas computadoras. El punto de partida más obvio es un adaptador y un teclado integrado (69 dólares). El respaldo del adaptador posee una conexión standard de Apple para recarga y conexión de otros accesorios, como también un puerto de audio para altavoces y un equipo estéreo.

Pero hay también otras alternativas. Un pequeño iPad dock, por 29 dólares, puede ser usado para establecer una conexión de radio Bluetooth con un teclado inalámbrico, sea de Apple (69 dólares) o o de otro fabricante. Esto ofrece algunos beneficios sobre la primera “rígida” solución: primero, le permite usar un teclado Bluetooth que tenga ya en casa y, segundo, si se compra ahora un nuevo teclado, podrá usarlo más tarde con otros accesorios. Sólo queda por ver si el esbelto nuevo iPad 2 y otros accesorios que le sigan se ajustarán aún al adaptador de primera generación.

Bluetooth es la tecnología clave para escribir en la pantalla de un smartphone o de una tableta mediante un teclado. Teclados Bluetooth los hay en una amplia gama de variantes. Los del rango entre 40 y 60 dólares abarcan marcas como Kensington, Sharon, Snugg y otros, con la típica carátula del iPad y un teclado integrado.

Con estos complementos, sin embargo, el usuario tiene que aceptar que su esbelta tableta se convierta en una especie de abultado mini-laptop. Otros fabricantes ofrecen sus propias versiones de un iPad dock, incluyendo ZAGG, con su teclado ZAGGmate Bluetooth, que también funciona como “cubierta” para la pantalla táctil (unos 85 dólares).

Hay también otros teclados Bluetooth universales en diversas escalas de precios. Por un lado se tiene los teclados clásicos, relativamente voluminosos, por entre 30 y 100 dólares, según el fabricante y los recursos que ofrezcan. Versiones especiales para uso portátil, tal como los teclados flexibles hechos de silicona, son ofrecidos por Ricco (17 dólares) o CHIN FAI (30 dólares).

Los teclados de i-Connex, por el contrario, están hechos de plástico duro pero pueden ser plegados por la mitad como si fueran un libro (75 dólares). Un recurso sólo para iniciados es el teclado flexible SU-8W Bluetooth de Nokia, aunque el modelo ha sido retirado de circulación por este fabricante finlandés y sólo puede comprarse a través de eBay. Otra opción son los mini-teclados de fabricantes como Hebron, que pueden sostenerse en una mano mientras se teclea con la otra (35 dólares).

Pero los smartphones y tabletas de Apple no son los únicos capaces de trabajar con estas soluciones. Hay interesantes ideas aportadas también por otros fabricantes. Asus, por ejemplo, aporta una inteligente inspiración con su Eee Pad Transformer. El adaptador es también en sí una batería para copia de seguridad que prolonga el tiempo de trabajo.

El fabricante chino Lenovo ha anunciado para este verano el lanzamiento de su LePad, que en realidad es dos computadoras en una. Como tableta simple, el dispositivo trabaja con el sistema operativo Android de Google. Pero, cuando está conectado al teclado, se convierte en una computadora que funciona con Windows 7 de Microsoft.

La ventaja de esta solución es que el LePad puede ser usado como PC pleno, incluyendo un ratón, mientras el sistema operativo Android ni tampoco el iOs de Apple proporcionan esta solución. Pero el LePad puede acabar convirtiéndose en un costoso juguete: estimaciones actuales calculan que la combinación de la tableta y la estación base IdeaPad U1 pueden costar alrededor de 1.000 dólares, incluso en China.

Viewsonic, marca conocida principalmente por sus pantallas, está probando una alternativa menos costosa. Su ViewPad 10 trabaja tanto con Windows como con Android y estará pronto disponibe por alrededor de 500 dólares, aunque sin teclado ni adaptador. Otra diferencia inusual: mientras la mayoría de sus competidores trabajan con chips multi-núcleos basados en la arquitectura promovida por el fabricante británico de chips ARM, el the ViewPad está construído en torno a un procesador Atom de Intel.

En Estados Unidos, Motorola ha llamado la atención con su concepto Atrix, un laptop en el cual todo el trabajo lo hace un smartphone Atrix conectado a un puerto en la parte trasera del aparato. Sólo el laptop cuesta en Estados Unidos unos 360 dólares. Con decenas de tabletas basadas en el sistema operativo Android anunciadas para este año, las opciones comenzarán a aparecer ya en los próximos meses.

Por Andrej Sokolow (dpa)

Fuente:http://www.noticias24.com/tecnologia/noticia/7350/informatica-teclados-para-tablets-y-smartphones/

martes, 19 de abril de 2011

Apple presenta demanda judicial contra Samsung

De www.noticias24.com

AN FRANCISCO (AP) — Apple Inc. presentó demanda judicial contra Samsung Electronics Co., alegando que la línea Galaxy de teléfonos y tableros de computadora de la empresa surcoreana constituyen copias de sus populares iPhone y iPad.

En una demanda presentada en un tribunal federal del norte de California, Apple afirmó que el diseño de su producto, la pantalla de contacto y la empaquetadura de los productos Galaxy “son una copia fiel” del Apple.

“Cuando un teléfono Samsung Galaxy es usado en público, hay escasa duda de que podría ser un producto Apple en base solo a su diseño”, señala Apple en la demanda, que fue presentada el viernes.

Apple que tiene su sede en Cupertino ha solicitado una orden que prohiba a Samsung infringir una serie de patentes y marcas, al igual que reclama daños no específicos.

Un portavoz de Samsung dijo que los productos de la empresa son el resultado de su propia investigación y desarrollo. Afirmó que Samsung planea defenderse contra el juicio de Apple.

Apple lanzó al mercado el iPhone en el 2007, y desde entonces ha mejorado su producto en varias ocasiones.

La empresa produjo el iPad el año pasado, y comenzó a vender el iPad 2 en marzo. La empresa ha vendido unos 108 millones de iPhones y 19 millones de iPads, al igual que más de 60 millones de iPod Touch, que es un reproductor digital de música muy similar al iPhone pero sólo con acceso al internet por banda ancha y no hace llamadas celulares.

Fuente: http://www.noticias24.com/tecnologia/noticia/7294/apple-presenta-demanda-judicial-contra-samsung/

lunes, 18 de abril de 2011

Condenan a 4 años de prisión a patrono por muerte de trabajador en Caracas

(De www.noticias24.com)

(Caracas, 18 de abril de 2011).- Ante la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión el directivo de la empresa Ingeniería y Construcciones Ebelca C.A, Alejandro Bello, tras admitir su responsabilidad en la muerte del trabajador Víctor Meza.

El hecho ocurrió el 21 de julio de 2010 en la sede del Instituto Nacional de Higiene de la Universidad Central de Venezuela, en Caracas, donde Meza realizaba labores de reparación de tuberías cuando se cayó del piso 3, a una altura de 8 metros.

El fiscal 78° nacional y sus auxiliares, Gustavo Li Chang, Jairo Flores y Adrián López, respectivamente, ratificaron la acusación contra Bello por los delitos de muerte de trabajador por violación grave a la normativa laboral y omisión de la notificación de la ocurrencia del trabajo, previstos y sancionados en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Una vez evaluados los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público, Bello admitió su participación en el hecho y, por consiguiente, el Tribunal 39° de Control del Área Metropolitana de Caracas lo condenó. En consecuencia, Meza deberá presentarse periódicamente ante dicho juzgado hasta que el Tribunal de Ejecución decida de qué manera cumplirá la pena.

Es importante mencionar, que Bello no se encuentra privado de libertad, pues de acuerdo con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, goza de la medida de suspensión condicional de la ejecución de la pena, cuando la sentencia no excede de cinco años.

El hecho ocurrió mientras la víctima reparaba unas tuberías en el piso 3 del citado edificio, cuando se subió sobre un andamio que no poseía ninguna medida de seguridad, razón por la cual se cayó.

Asimismo, el resultado arrojado por la autopsia indicó que murió por una fractura craneal, pues el trabajador no tenía el equipo de seguridad requerido para estas labores, tales como botas, guantes y cascos.

Fuente: http://www.noticias24.com/actualidad/noticia/240828/condenan-a-4-anos-de-prision-a-patrono-por-muerte-de-trabajador-en-caracas/

La OIT (2da Parte)

Estructura y Funcionamiento de la OIT
     La OIT realiza su trabajo a través de tres órganos fundamentales (la Conferencia Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y la Oficina Internacional del Trabajo), los cuales cuentan con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Igualmente cuenta con un Sistema de control de las normas de la OIT, un Programa de cooperación al desarrollo y el programa y Presupuesto de la organización

     El Consejo de Administración y la Oficina internacional del Trabajo son asistidos en su labor por comisiones tripartitas que se ocupan de los principales sectores económicos. Además reciben apoyo de los comités de expertos en materia de formación profesional, desarrollo de la capacidad administrativa, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales, educación de los trabajadores y problemas específicos que afectan a las mujeres y a los jóvenes trabajadores.

     La OIT organiza periódicamente reuniones regionales de los Estados miembros con el fin de analizar los asuntos que revisten especial interés para las respectivas regiones.

La Conferencia Internacional del Trabajo
     La Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano superior de la OIT, se reúne anualmente en el mes de junio en Ginebra. Se encuentra integrada por cuatro delegados por país miembro, dos propuestos por las organizaciones de trabajadores y empleadores respectivamente y dos representantes escogidos por el gobierno. Allí se establecen y sancionan las normas internacionales del trabajo, principalmente convenios y recomendaciones y se definen las políticas generales de la Organización. La Conferencia, que con frecuencia es denominada el parlamento internacional del trabajo, es también un foro para la discusión de cuestiones sociales y laborales fundamentales.

El Consejo de administración
     El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Oficina Internacional del Trabajo. Se reúne tres veces por año, en marzo, junio y noviembre. Toma decisiones sobre la política de la OIT, determina el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, adopta el Programa y Presupuesto antes de su presentación a la Conferencia, y elige al Director General.

La Oficina Internacional del Trabajo
     La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo y staff permanente de apoyo a la tarea de la Conferencia Internacional y el Consejo de Administración. Está dirigida por el Director General quien contrata el personal de acuerdo a estrictas normas de concursos. La Oficina cuenta con unos 2.700 funcionarios de más de 150 nacionalidades quienes se desempeñan en la sede en Ginebra y en 40 oficinas en diversos lugares del mundo. Entre estos funcionarios, 900 trabajan en programas de cooperación técnica y proyectos. La Oficina también cuenta con un centro documentación e investigación, y como casa editora publica estudios especializados, informes y revistas.

Sistema de Control de las Normas de la OIT
     Las normas internacionales del trabajo están respaldadas por un sistema de control que es único en el ámbito internacional y que contribuye a garantizar que los países apliquen los convenios que ratifican. La OIT examina regularmente la aplicación de las normas en los Estados Miembros y señala áreas en las que se podría mejorar su aplicación. Si existe algún problema en la aplicación de las normas, la OIT se dirige a asistir a los países, a través del diálogo social y de la asistencia técnica.

     La OIT ha creado diversos mecanismos de control que permiten hacer un seguimiento de las medidas adoptadas para hacer efectivos los convenios y recomendaciones por ley y en la práctica, tras su aprobación por la Conferencia Internacional del Trabajo y su ratificación por los Estados.

Mecanismo de control:
Existen dos tipos de mecanismos de control:
     1. Sistema de control periódico: prevé el examen de las memorias que presentan periódicamente los Estados Miembros sobre las medidas que han adoptado para poner en ejecución los convenios a los cuales se han adherido.
     2. Procedimientos especiales: incluyen un procedimiento de reclamaciones y un procedimiento de quejas de aplicación general, así como un procedimiento especial en materia de libertad sindical.

Mecanismo de control periódico de la aplicación de las normas
     El mecanismo de control periódico se basa en el examen de las memorias sobre la aplicación por ley y en la práctica que los Estados Miembros envían, así como en las observaciones a ese respecto remitidas por las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Dos órganos de la OIT llevan a cabo dicho examen:

1) la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones
2) la Comisión tripartita de Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Conferencia Internacional del Trabajo

Procedimientos especiales (Éste pto. será desarrollado próximamente)
     A diferencia del mecanismo de control periódico, los tres procedimientos enumerados a continuación se basan en la presentación de una reclamación o de una queja:
1) Procedimiento de reclamación con respecto a la aplicación de convenios ratificados;
2) Procedimiento de queja con respecto a la aplicación de convenios ratificados;
3) Procedimiento especial de queja por violación de la libertad sindical: Comité de Libertad Sindical.

Asociaciones para el desarrollo
     Desde comienzos de los años 1950 la OIT ha proporcionado cooperación técnica a países de todos los continentes y de todos los niveles de desarrollo económico. Los proyectos se llevan a cabo en estrecha colaboración entre los países receptores, los mandantes, los donantes y la OIT, que mantiene una red de oficinas regionales y de zona en el mundo.

Programa y Presupuesto
     El Programa y Presupuesto de la Organización, que establece los objetivos estratégicos y los resultados esperados de la labor de la Organización, es aprobado cada dos años por la Conferencia Internacional del Trabajo.

domingo, 17 de abril de 2011

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) (Primera Parte)

     El presente artículo es producto de la recopilación y clasificación de información disponible en la página web: http://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm

     La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es la institución mundial responsable de la elaboración y supervisión de las Normas Internacionales del Trabajo y junto a sus Estados miembro procura garantizar que estas reglas sean respetadas tanto en sus principios como en la práctica. La OIT es la única agencia de las Naciones Unidas de carácter “tripartito” ya que representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores participan en conjunto en la elaboración de sus políticas y programas así como la promoción del trabajo decente para todos. Esta estructura tripartita hace de la OIT un foro único en el cual los gobiernos y los interlocutores sociales de la economía de sus 183 Estados Miembros pueden libre y abiertamente confrontar experiencias, comparar políticas y alcanzar acuerdos convirtiéndose esto en una ventaja para esta organización, al incorporar el conocimiento “del mundo real” sobre empleo y trabajo.
Creación
     La OIT fue creada en 1919 como parte del Tratado de Versalles con el cual concluyó la I Guerra Mundial. Fue concebida como una Organización que debía reflejar el convencimiento de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz duradera y universal. Los fundadores de la OIT estaban comprometidos con la conquista de condiciones de trabajo más humanas y con el combate a las injusticias, las privaciones y la pobreza. En 1944, en medio de otra crisis internacional, los miembros de la OIT profundizaron en estos objetivos mediante la adopción de la Declaración de Filadelfia, en la cual se afirma que el trabajo no es una mercancía, y se proponen derechos humanos y económicos fundamentales bajo el principio según el cual “la pobreza, en cualquiera lugar, constituye un peligro para la prosperidad de todos”.
     La OIT fue la primera agencia especializada en asociarse a las Naciones Unidas en 1946, poco después de su creación. En 1969, cuando la Organización Internacional del Trabajo cumplió 50 años, le fue otorgado el Premio Nóbel de la Paz.
     El gran aumento en el número de países pertenecientes a la OIT que se produjo tras la II Guerra Mundial provocó importantes cambios. La Organización lanzó los programas de asistencia técnica para ofrecer su capacidad y su asistencia a gobiernos, trabajadores y empleadores de todo el mundo, en especial a naciones en desarrollo.
     Un año importante para la OIT fue 1998, cuando los delegados asistentes a la Conferencia Internacional del Trabajo adoptaron la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Se trata del derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, y la eliminación del trabajo infantil, el trabajo forzoso y la discriminación en el trabajo. La Declaración plantea que el cumplimiento de estos principios y derechos fundamentales es importante porque permite a las personas “la posibilidad de reivindicar libremente y en igualdad de oportunidades una participación justa en las riquezas a cuya creación han contribuido, así como la de desarrollar plenamente su potencial humano”.

Misión y Objetivos de la OIT
     La OIT tiene como Misión promover la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional y su premisa orientadora es: la paz laboral es esencial para la prosperidad.

La misión de la OIT está agrupada en torno a cuatro objetivos estratégicos
  • Promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
  • Crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos.
  • Mejorar la cobertura y la eficacia de una seguridad social para todos.
  • Fortalecer el tripartismo y el diálogo social.

     Para apoyar la consecución de estos objetivos, la OIT cuenta con un bagaje único de experiencias y conocimientos sobre el mundo del trabajo, que ha adquirido a lo largo de casi 100 años de dar respuestas a las necesidades de trabajo decente, de medios de vida y de dignidad de personas alrededor del mundo. La OIT está al servicio de sus mandantes tripartitos – y de la sociedad en general – de diversas maneras, entre ellas:
   1. Formulando políticas y programas internacionales para promover los derechos humanos fundamentales, mejorar las condiciones de trabajo y de vida, y aumentar las oportunidades de empleo
   2. Elaborando normas internacionales del trabajo respaldadas por un sistema singular de control de su aplicación
  3. Formulando e implementando, en asociación activa con sus mandantes, un amplio programa de cooperación técnica internacional, para ayudar a los países a llevar a la práctica dichas políticas
  4. Llevando a cabo actividades de formación, educación y investigación que contribuyen al progreso de todos estos esfuerzos.